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Comercializadora Sostenible S.A.S. (en adelante, Cosostenible) garantiza que todos los productos que integran su portafolio comercial se encuentran libres de defectos de manufactura, ensamble y materiales que afecten su calidad o idoneidad, bajo condiciones de operación normal y mantenimiento adecuado.
Esta política se rige bajo el principio de responsabilidad solidaria del productor y proveedor, en estricto cumplimiento del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) y la normativa concordante. El presente documento establece los términos técnicos, los plazos de cobertura y los procedimientos administrativos para hacer efectiva la garantía, delimitando con precisión la frontera de responsabilidad entre el Fabricante (origen), el Distribuidor (Cosostenible) y el Propietario del proyecto.
1.1. Delimitación de Responsabilidad (Cosostenible NO es Instalador): Se declara expresa y taxativamente que Cosostenible actúa de manera exclusiva como comercializador y distribuidor de equipos de energía solar. En consecuencia, la empresa NO es instaladora. La correcta instalación, configuración, ubicación espacial y puesta en funcionamiento de los equipos es responsabilidad exclusiva del cliente y/o del instalador técnico contratado por este. Es obligación ineludible del responsable de la obra cumplir con toda la normativa técnica vigente aplicable, en especial el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE). El incumplimiento de estas normas, particularmente la instalación de bancos de baterías en lugares no aptos, sin ventilación, o mediante conexiones incorrectas que deriven en riesgo de conflagración (incendio) o daño a la propiedad, exonera a Cosostenible de toda responsabilidad civil, extracontractual y anula de manera automática e irrevocable la presente garantía.
Para efectos de la interpretación y aplicación de esta garantía, se adoptan las siguientes definiciones contractuales:
2.1. Avería en transporte o siniestro logístico: Hace referencia a cualquier daño físico, rotura, abolladura, exposición a humedad o alteración de la integridad del producto o su embalaje, ocurridos exclusivamente durante el traslado desde las instalaciones de Cosostenible hasta el lugar de entrega convenido. Estos eventos NO constituyen una garantía de calidad o fabricación, sino un siniestro amparado bajo la póliza de transporte. Dado que los despachos se realizan bajo la modalidad de pago contraentrega o mediante transportadora seleccionada por el Cliente; aunque Cosostenible figure documentalmente como remitente en la guía de despacho, corresponde directamente al Cliente realizar la respectiva reclamación ante la transportadora por cualquier avería, pérdida o siniestro. En estos casos, la responsabilidad de Cosostenible se limita exclusivamente a aportar las evidencias de despacho (registro fotográfico o fílmico del estado de salida) que el Cliente solicite para soportar su reclamación.
Para que dicha reclamación ante la transportadora sea viable, el Cliente deberá observar las siguientes categorías de reporte:
2.1.1. Avería manifiesta (Daño visible): Ocurre cuando el daño o la violación del embalaje son evidentes al momento de la entrega (ej. cajas aplastadas, abiertas, cintas de seguridad rotas, derrame de líquidos). Para que sea procedente el trámite de indemnización (ya sea por parte de Cosostenible o de la transportadora), es requisito obligatorio que quien recibe la mercancía consigne una nota de salvedad o reclamación escrita en la Guía de Transporte en el momento exacto de la recepción. La ausencia de dicha anotación constituirá prueba de recibo a satisfacción y exonerará tanto a Cosostenible como al transportador de responsabilidad por averías externas.
2.1.2. Avería oculta: Corresponde a daños internos causados por impacto o manipulación indebida que no son detectables externamente en la caja cerrada, pero que se evidencian al momento de la apertura (desembalaje). Este tipo de siniestro debe ser reportado en un plazo máximo e improrrogable de veinticuatro (24) horas calendario siguientes a la recepción, adjuntando evidencia fotográfica del estado del embalaje exterior, interior y del producto afectado.
2.1.3. Entregas a terceros (Blind Shipping / Drop Shipping): En los casos donde el Distribuidor solicite el despacho directo a un consumidor final o a una dirección distinta a sus instalaciones, se entenderá que el receptor en destino actúa como mandatario o delegado del Distribuidor para efectos de la inspección. Por lo tanto, cualquier firma de recibido a satisfacción, omisión en la revisión de la mercancía, o falta de anotación de averías (manifiestas u ocultas) por parte del usuario final, vinculará directamente al Distribuidor, eliminando cualquier posibilidad de reclamación posterior hacia Cosostenible. Es deber del Distribuidor instruir a su cliente final sobre los protocolos de recepción (Punto 2.1.1 y 2.1.2) antes del despacho.
2.2. Cliente B2B (Canal de Distribución / Profesional): Hace referencia al Distribuidor, Integrador, Instalador o Comerciante que adquiere los equipos de Cosostenible con el propósito de comercializarlos, instalarlos o incorporarlos en proyectos para terceros. En esta relación comercial rige el Código de Comercio y se presume la experticia técnica del comprador, por lo que no le son aplicables las protecciones exclusivas del consumidor final (salvo pacto expreso).
2.3. Cliente B2C (Usuario Final / Consumidor): Corresponde a la persona natural o jurídica que, como destinatario final, adquiere, disfruta o utiliza el producto para la satisfacción de una necesidad propia, privada, familiar o doméstica, sin intención de reventa o incorporación en procesos productivos masivos. Este perfil es el sujeto de protección principal del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011).
2.4. Exclusión de dimensionamiento: Cosostenible garantiza la funcionalidad del hardware, pero no garantiza la idoneidad del diseño del sistema fotovoltaico realizado por terceros. Los fallos derivados de un mal cálculo energético (mal dimensionamiento), incompatibilidad entre componentes no validados, o expectativas de generación no cumplidas por factores externos, no constituyen un defecto de fabricación.
2.5. Fecha de inicio de vigencia de Garantía: Define el hito temporal a partir del cual comienzan a contar los términos de cobertura. Dependiendo de la calidad del comprador y el canal de adquisición, se aplican las siguientes reglas:
2.5.1. En ventas al Canal de Distribución (B2B): Aplica para transacciones entre Cosostenible y distribuidores, mayoristas o instaladores. En este escenario, la garantía inicia indefectiblemente a partir de la fecha de emisión de la factura de venta de Cosostenible. Se entiende comercialmente que el canal asume la gestión del inventario y los tiempos de rotación.
2.5.2. En ventas al Consumidor Final (B2C): Para garantizar los derechos del usuario final bajo la Ley 1480, se distinguen dos situaciones:
(i) Venta directa (Cosostenible → Usuario): Si el usuario adquiere el equipo directamente a Cosostenible, la garantía inicia a partir de la fecha de entrega material del producto.
(ii) Venta indirecta (Distribuidor → Usuario): Si el equipo es adquirido a través de un tercero, rige por defecto la fecha de factura de venta al Distribuidor.
*Excepción de extensión: Esta fecha se actualizará a la fecha de entrega al consumidor final ÚNICAMENTE si el Distribuidor realiza el "Reporte de Instalación" conforme al numeral 2.13. La ausencia de este reporte mantendrá la fecha de facturación original como el único hito válido para el cómputo de términos.
2.6. Garantía de Calidad: Se refiere a la conformidad del producto con las especificaciones técnicas inherentes declaradas en la ficha técnica del fabricante. Se considera fallo de calidad cualquier discrepancia comprobable entre las especificaciones prometidas (ej. potencia pico, capacidad de descarga) y el desempeño real del equipo.
2.7. Garantía de Idoneidad y límite de Responsabilidad (Diseño y Hardware): La garantía de idoneidad que ofrece Cosostenible se limita estrictamente a la aptitud intrínseca del bien para desempeñar las funciones técnicas descritas en su manual y ficha técnica de fábrica. Cosostenible garantiza que el equipo entregará la potencia, voltaje y eficiencia prometidos bajo condiciones de laboratorio o estándar. Cosostenible NO asume responsabilidad por la idoneidad del sistema o el desempeño del proyecto integral diseñado por terceros. Es decir, garantizamos que el equipo funciona, pero no garantizamos que el equipo seleccionado sea el correcto o suficiente para satisfacer la demanda energética específica del cliente si el cálculo de ingeniería (dimensionamiento) fue erróneo. Quedan excluidas de garantía las reclamaciones por "bajo rendimiento" o "autonomía insuficiente" cuando el análisis técnico evidencie que el equipo está operando dentro de sus parámetros normales, pero ha sido sometido a una carga superior a su capacidad nominal o instalado en un sistema desbalanceado.
2.8. Garantía de Integridad y Completitud: Cobertura específica que certifica que el producto y sus accesorios fueron entregados completos, sin roturas y correspondiendo a la referencia facturada. El cliente dispone de cinco (5) días hábiles tras la recepción para reportar faltantes, roturas o errores de despacho. Posterior a este plazo, se entenderá recibido a entera satisfacción y no aplicarán reposiciones por estas causas.
2.9. Garantía Específica por Producto: Corresponde a los periodos de cobertura técnica definidos expresamente por Cosostenible para cada familia de productos en la Tabla de Vigencias, los cuales prevalecen sobre el término mínimo presunto de ley. Para garantías que excedan los doce (12) meses, la vigencia está estrictamente condicionada a que el cliente demuestre haber cumplido con los programas de mantenimiento preventivo y las condiciones ambientales de operación (temperatura, ventilación) detalladas en el manual del usuario. La falta de evidencia sobre dicho cuidado faculta a Cosostenible a restringir la cobertura al término mínimo legal de un (1) año.
2.10. Garantía Funcional Limitada (Accesorios y consumibles de instalación): Esta categoría agrupa a los componentes auxiliares que no constituyen el equipo principal de generación o acumulación, sino que sirven como elementos de conexión, protección o soporte. Para estos bienes, Cosostenible establece un término de garantía funcional de treinta (30) días calendario contados a partir de la entrega. Esta garantía cubre exclusivamente defectos de manufactura que impidan su funcionamiento inicial. Para que la garantía sobre estos elementos sea procedente, se deben cumplir estrictamente las siguientes condiciones
Para efectos de esta cobertura, se definen como consumibles de instalación: (i) Accesorios incluidos: Cables de comunicación, conectores, antenas Wi-Fi, tornillería, soportes y protecciones incluidos en la caja del equipo principal y (ii) Material de instalación: Conectores (MC4, terminales), cableado solar, protecciones eléctricas y otros componentes sin electrónica activa.
2.11. Protocolo de Logística Inversa (Retornos por Garantía): Regula exclusivamente el traslado del equipo desde el cliente hacia el Centro de Servicio para diagnóstico. Integra la responsabilidad del riesgo físico y la responsabilidad económica del flete.
2.11.1. Integridad y embalaje: En todos los casos, el cliente es el único responsable de garantizar un embalaje adecuado que proteja el equipo durante el retorno. Daños derivados de un empaque deficiente anulan la garantía.
2.11.2. Modalidad única de riesgo en tránsito (envío autónomo): Para efectos de devoluciones y retornos por garantía, Cosostenible NO contrata ni coordina servicios de transporte con terceros. En consecuencia, se establece una única modalidad operativa de envío y riesgo a cargo del Cliente. El Cliente o Distribuidor actúa como único remitente y responsable de la contratación del transporte. Por tanto, asume el 100% del riesgo de saqueo, pérdida, avería o demora durante el tránsito desde sus instalaciones hasta la recepción física en la bodega de Cosostenible. La responsabilidad de Cosostenible sobre la custodia del equipo inicia únicamente cuando este es recibido a satisfacción y se firma la guía de transporte en sus instalaciones.
2.12. Política de costos de transporte: El cliente asume el pago inicial del flete de envío al laboratorio. Si el diagnóstico técnico confirma que la falla obedece a un defecto de calidad o fabricación cubierto por la garantía, Cosostenible reembolsará dicho costo (contra factura) o lo abonará como saldo a favor, garantizando así la gratuidad total de la obligación legal. Si la garantía es negada por causales de exoneración (ej. mal uso, instalación indebida), el cliente asumirá definitivamente los costos de transporte de ida y vuelta.
2.13. Mecanismo de trazabilidad y reporte de instalación: La garantía de trazabilidad se ejecuta mediante la triangulación de datos en el "Registro de Proyecto"1 disponible en la página web de Cosostenible. Este procedimiento digital actúa como una declaración jurada técnica donde el Distribuidor asocia, de manera irrevocable, tres vectores de información críticos: (i) El origen comercial: Validado mediante el Número de Factura de Venta de Cosostenible; (ii) La identidad del Hardware: Certificada a través del Número de Serie (S/N) único del equipo y (iii) El destino operativo: Identificado por la ubicación y el Usuario Final del proyecto. Al consolidar estos datos bajo la Fecha de Puesta en Marcha, el sistema genera un registro que desvincula la garantía de los tiempos logísticos de distribución y la ancla al ciclo de vida real del producto. La veracidad de este cruce de información es responsabilidad exclusiva del declarante (Instalador/Distribuidor), quien certifica bajo la gravedad de juramento la correspondencia entre el equipo facturado y el instalado.
2.14. Mecanismo de trazabilidad y vinculación: Se establece la presunción de conformidad estética al momento de la instalación. Todo daño físico, estético o estructural (ej. rotura de vidrio en paneles, abolladuras en chasis de inversores, bornes doblados) que sea reportado después de que el equipo haya sido fijado, anclado o conectado, se considerará daño por manipulación en sitio y no será cubierto por la garantía
2.14.1. Deber de inspección previa: Es obligación ineludible del instalador inspeccionar el estado físico del equipo antes de proceder con su montaje. La instalación de un equipo con daños visibles implica la aceptación tácita de su estado físico por parte del cliente.
2.14.2. Fallas funcionales Post-Instalación: Las fallas de funcionamiento internas detectadas tras la instalación serán tramitadas como garantía estándar, salvo que el diagnóstico técnico demuestre que la falla fue causada directamente por una mala praxis en la instalación (ej. inversión de polaridad, torque excesivo, falta de protecciones), en cuyo caso aplicará la exclusión de garantía.
1 El cumplimiento del requisito de trazabilidad descrito en esta sección se gestiona digitalmente. El Distribuidor debe radicar la información a través del Módulo de Registro de Puesta en Marcha, integrado en el sitio web oficial de Cosostenible, consultable a través del siguiente enlace https://cosostenible.com/servicio-tecnico/#lineas
Nota: El uso de este canal digital es obligatorio e indispensable para la validación de fechas de inicio de garantía que difieran de la fecha de facturación.
2.15. Transferencia de riesgo en despachos: Define el momento jurídico en que la responsabilidad sobre la integridad física del bien y los riesgos asociados se transfieren de Cosostenible al Comprador. Según la modalidad de entrega, se aplicará la siguiente regla:
2.15.1. Retiro Directo (Recogida en Bodega - EX-WORK): La transferencia de riesgo ocurre en el momento exacto en que el Comprador, o el tercero autorizado por este, recibe la mercancía a satisfacción en las instalaciones de Cosostenible.
2.15.2. Envío por Transportadora (FCA): En los casos de despacho a través de una empresa de transportes (ya sea bajo la modalidad de pago contraentrega o con transportadora elegida por el Cliente), la responsabilidad de Cosostenible se extingue en el momento en que el bien es puesto a disposición del transportador.
*Nota: En ambos escenarios, una vez realizada la entrega física al transportista o al cliente, el contrato de transporte y cualquier incidente, daño o pérdida durante el trayecto son ajenos a Cosostenible y deberán ser gestionados directamente ante la empresa de transportes. La transferencia del riesgo (entrega física) marca el inicio de la custodia del cliente, pero no necesariamente el inicio del término de garantía de calidad, el cual se regirá exclusivamente por las reglas de facturación o registro definidas en el numeral 2.5.
La seguridad, eficiencia y vida útil de los equipos solares suministrados dependen intrínsecamente de una instalación que cumpla con la normativa técnica vigente.
3.1. Condición Resolutoria de Garantía (Cumplimiento RETIE): La validez de la presente política de garantía está supeditada al estricto cumplimiento del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) vigente en Colombia. Es obligación del propietario garantizar que la instalación sea ejecutada por personal calificado y certificado. Cosostenible se reserva el derecho de exigir el Certificado de Conformidad RETIE de la instalación como requisito previo para dar trámite a cualquier reclamación de garantía, conforme a lo establecido en la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).
3.2. Exclusión por defectos de Instalación (Nexo causal): Cualquier falla funcional o daño físico en el equipo que, tras el diagnóstico técnico, evidencie un nexo causal con una instalación deficiente o fuera de norma, será catalogada como "Uso Indebido del Bien" y anulará la cobertura. Las causales técnicas de exclusión incluyen, pero no se limitan a: (i) Sistema de puesta a tierra: Ausencia de puesta a tierra, desconexión del conductor de protección, o valores de resistencia de puesta a tierra superiores a los admitidos por el RETIE, lo que impide el correcto drenaje de sobretensiones y (ii) Conductores y acometidas: Uso de conductores con aislamiento inadecuado para la tensión del sistema, no aptos para intemperie (cuando aplique) o de calibre insuficiente (incumplimiento de capacidad de corriente), generando caídas de tensión o puntos calientes.
3.3. Condiciones técnicas y Causales de Exclusión para sistemas de almacenamiento (Baterías): Dada la sensibilidad electroquímica de los bancos de baterías y su naturaleza perecedera, la garantía se rige estrictamente por los siguientes parámetros técnicos. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones se considerará "Uso Indebido" o "Desatención de Instrucciones" y anulará automáticamente la cobertura, sin que sea necesaria una prueba adicional más allá del diagnóstico técnico.
3.3.1. Condiciones generales (Aplicables a Baterías VRLA-GEL y Litio)
3.3.2. Condiciones Específicas para Baterías GEL (VRLA):
3.3.3. Condiciones específicas para Baterías de Litio (LiFePO4):
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos del capítulo anterior, la cobertura temporal se aplicará de acuerdo con la naturaleza del bien.
La diversidad tecnológica del portafolio de Cosostenible exige una segmentación granular de las políticas de cobertura. No es técnicamente viable aplicar el mismo protocolo de diagnóstico a un inversor cargador reparable que a un microinversor sellado al vacío. A continuación, se detalla la matriz de clasificación oficial, enriquecida con los criterios técnicos de reparabilidad definidos por la Dirección Técnica de Cosostenible.
Los periodos de garantía y el tipo de cobertura se aplicarán taxativamente según la siguiente Matriz de Clasificación. Cualquier referencia no listada se regirá por la garantía legal mínima de un (1) año, salvo especificación contraria en la factura.
| MARCA | PRODUCTO / FAMILIA | MODELO / DETALLE | VIGENCIA | TIPO DE GARANTÍA |
|---|---|---|---|---|
| GREENPOINT | Inversor Cargador | LCD Color / HF Monofásico | 2 Años | Reparación o Cambio |
| Batería Movilidad | 12Ah, 22Ah, 32Ah | 6 Meses | Recuperación o Cambio | |
| Batería Gel | 40Ah hasta 250Ah | 1 Año | Recuperación o Cambio | |
| Batería Litio | Monoblock (12.8V -100Ah y 200Ah, 25.6V -100Ah a 200Ah) | 3 Años | Reparación o Cambio | |
| Batería Litio | Rack 51.2V 100Ah y 51.2V 200Ah | 5 Años | Reparación o Cambio | |
| Controlador PWM | Gris, Verde / Negro y verde | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| Accesorios | Estructura, Cable, Módulos WiFi, MC4 | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio | |
| SRNE | Inversor Cargador | HF, HYP, ASP | 2 Años | Reparación o Cambio |
| Inversor Híbrido | HESP | 10 Años | Reparación o Cambio | |
| Batería Litio | Rack 100Ah / Modular 100Ah a 314Ah | 5 Años | Reparación o Cambio | |
| Controlador MPPT | SHINER / MC | 2 Años | No reparable – Cambio | |
| Controlador MPPT | ML / MF | 2 Años | Reparación o Cambio | |
| WIFI Controlador | SHINER / ML | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio | |
| WIFI Inversor Cargador | HF, HYP, ASP | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio | |
| BELTTT | Inversor | Onda Pura (BEP, BAP, BBP) / Modificada (BEM, BEL) | 2 Años | Reparación o Cambio |
| SOLAX | Inversor On-Grid Bifásico | Mini, Boost, Smart | 10 Años | Reparación o Cambio |
| Inversor ON-GRID X3 | MIC, PRO, MEGA, FORTH, FORTH-MV | 10 Años | Reparación o Cambio | |
| Meter CT | DTSU 666, Marca Solax | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| Datahub | Marca Solax | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| Micro Inversor Bifásico | V2 | 10 Años | Reparación o Cambio | |
| SAJ | Inversor ON-GRID Bifásico | R6 - 5KW, 6KW, 8KW, 10KW | 10 Años | Reparación o Cambio |
| Inversor ON-GRID Trifásico | R6 - 6, 8, 10, 15, 20, 25 y 30kW | 10 Años | Reparación o Cambio | |
| Inversor ON-GRID Trifásico | C6 - 50KW y 75KW | 10 Años | Reparación o Cambio | |
| Meter CT | SEC, DTSU666, Marca SAJ | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| TSUNESS | Micro Inversor Bifásico | TSOL-MS | 10 Años | Reparación o Cambio |
| DTU | TSOL- RS485 | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| Meter CT | Marca Tsuness | 1 Año | Reparación o Cambio | |
| ASTROENERGY | Panel 590w | Bifacial | 12 Años | Reparación o Cambio |
| RUNERGY | Panel 630w | Bifacial | 12 Años | No Reparable - Solo Cambio |
| TONGWEI SOLAR | Panel 620w | Bifacial | 12 Años | No Reparable - Solo Cambio |
| ZBENY | Breaker 1P BB1-63 | 10A hasta 63A | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio |
| Breaker 2P BB1-63 | 16ª hasta 63A | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio | |
| DPS 2P | 600V | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio | |
| DPS 3P | 1000V | 30 Días Calendario (Funcional) / 5 Días Calendario (Estética) | Cambio |
* Nota de aceptación de vigencias reducidas: Conforme a la facultad otorgada por la Circular Única de la SIC, se informa expresamente al Consumidor que los Accesorios, Breakers y DPS cuentan con una garantía limitada de treinta (30) días calendario, debido a su naturaleza de consumibles eléctricos. La aceptación de la factura de venta constituye la aceptación expresa de este término reducido frente a la presunción general de un año.
4.1. Glosario de Tipos de Garantía:
Para la correcta interpretación de la columna "TIPO DE GARANTÍA" de la matriz anterior, se definen los siguientes protocolos de servicio:
5.1. Alcance de la cobertura
La garantía de Cosostenible se centra en la restauración funcional del equipo mediante un enfoque de reparabilidad técnica modular. No implica necesariamente el cambio de la unidad completa, salvo que el diagnóstico determine su irreparabilidad.
5.2. Exclusiones Generales de Garantía (Causales de Exoneración)
Nuestra responsabilidad cesará si el defecto proviene de causales externas no imputables a la fabricación. Conforme al artículo 16 de la Ley 1480, la carga de la prueba recae sobre Cosostenible, sustentada en el informe técnico de diagnóstico.
*Nota: La instalación realizada por personal no calificado que resulte en daño al equipo se tipifica como "Hecho de un Tercero" (el instalador).
5.3. Protocolo de Mantenimiento de Stock (Responsabilidad Compartida)
El almacenamiento prolongado de baterías sin mantenimiento es una causa principal de fallos prematuros. Cosostenible transfiere formalmente la responsabilidad de la custodia al distribuidor mediante las siguientes reglas:
5.3.1. Mecanismo de información (Fecha de referencia): Cosostenible informará al cliente la fecha de última carga o fecha de fabricación de los lotes entregados, dejando constancia de este dato mediante observación en la factura de venta, remisión o etiqueta adherida al producto.
5.3.2. Deber de Mantenimiento del Distribuidor: Recae exclusivamente en el Distribuidor o Cliente la responsabilidad de monitorear la antigüedad de su inventario con base en la fecha informada. Es obligatorio asegurar que las baterías no superen los seis (6) meses sin recibir una carga de refresco. Si el distribuidor almacena la batería por un tiempo superior a este periodo, deberá presentar una bitácora que certifique la realización de la carga de refresco para mantener la vigencia de la garantía.
5.3.3. Condiciones ambientales:
5.3.4. Protocolo de almacenamiento físico:
La garantía legal y específica de Cosostenible se circunscribe exclusivamente a la funcionalidad del hardware. En concordancia con el Estatuto del Consumidor, la empresa NO asume responsabilidad ni costos por:
Con el objetivo de brindar seguridad jurídica sobre los tiempos de gestión, Cosostenible se ajusta a los plazos del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) y el Código de Comercio. Los términos se contabilizarán en días hábiles, iniciando el conteo a partir del día siguiente a la entrega o radicación del evento.
7.1. Delimitación de Responsabilidad en la Cadena B2B (Distribución)
Dado que Cosostenible actúa como importador mayorista y la venta final es realizada por el Distribuidor, se establecen las siguientes condiciones:
7.1.1. Responsabilidad de Información
Es obligación exclusiva del Distribuidor entregar al usuario final los manuales, fichas técnicas y esta Política. Cosostenible se exonera de responsabilidad por "Uso Indebido" derivado de la falta de asesoría del Distribuidor.
7.1.2. Custodia de Stock (Responsabilidad Compartida)
La garantía de las baterías respecto a defectos de fabricación inicia desde la fecha de facturación. Sin embargo, para prevenir el deterioro químico por almacenamiento prolongado, se aplica el siguiente esquema de responsabilidad:
7.1.3. Mandato Logístico
Aun cuando Cosostenible coordine el flete hacia el usuario final, dicha gestión se realiza bajo mandato y por cuenta del Distribuidor. En consecuencia, el Distribuidor será el responsable de centralizar y reportar a Cosostenible cualquier reclamación de su cliente final, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días calendario posteriores a la entrega.
7.2. Transferencia de riesgo y naturaleza del envío
La responsabilidad de Cosostenible sobre la integridad física del producto se extingue y se transfiere al Cliente en el momento en que el bien es puesto a disposición del transportador para su traslado desde las bodegas de Cosostenible hacia el domicilio informado por el cliente, independientemente de quién realice la gestión del retiro o el pago del flete (Cosostenible garantiza y documenta que todo producto sale de sus bodegas en perfectas condiciones físicas y estéticas).
Bajo esta premisa, se establecen las siguientes condiciones:
7.3. Protocolo de Recepción Obligatorio (Deber de inspección)
Para que el seguro de transporte sea efectivo, el Destinatario (sea el Distribuidor o el Consumidor Final) tiene la obligación ineludible de inspeccionar la mercancía antes de firmar la guía de transporte. El protocolo para seguir se rige por las siguientes reglas estrictas:
*Advertencia Legal: La firma de la guía de transporte "A Satisfacción" o sin observaciones constituye la aceptación expresa de que la mercancía se recibió en perfecto estado físico. No se aceptarán reclamaciones posteriores por golpes o daños estéticos si la guía se firmó sin novedad.
7.4. Gestión de Siniestros ante la Aseguradora
La cobertura del seguro de transporte no es automática; está supeditada a los tiempos de aviso exigidos por las compañías transportadoras y aseguradoras nacionales. Para que Cosostenible pueda gestionar la indemnización ante la aseguradora, el Distribuidor o Cliente Final debe cumplir con los siguientes plazos perentorios.
7.4.1. Avería manifiesta o Faltantes (Cajas golpeadas, abiertas o con cintas violadas / Saqueo):
Consecuencia: La ausencia de anotaciones en la guía se interpretará como "Recibo a Satisfacción" y anulará cualquier posibilidad de reclamación por daños externos.
7.4.2. Avería Oculta (Embalaje intacto, daño interno):
7.4.3. Documentación requerida para la sustanciación del Siniestro
Para formalizar el trámite de reclamación ("Aviso de Siniestro"), el titular de la compra o quien haya recibido la mercancía deberá remitir al canal oficial de garantías la evidencia documental que se lista a continuación. Este reporte deberá efectuarse en un plazo perentorio no mayor a veinticuatro (24) horas contadas a partir de la recepción material del pedido:
Advertencia de Exoneración: El incumplimiento de cualquiera de estos tiempos o requisitos documentales faculta a la aseguradora para objetar el siniestro por extemporaneidad o falta de demostración de la ocurrencia. En tal evento, Cosostenible no asumirá la pérdida económica derivada de la omisión del distribuidor o consumidor final.
7.5. Diferenciación: Siniestro de Transporte vs. Garantía de Conformidad
Es fundamental distinguir entre un daño causado por el transportador y un error de despacho o defecto estético de fábrica.
| Criterio | A. Siniestro de Transporte (Póliza) | B. Garantía de Integridad y Completitud |
|---|---|---|
| Naturaleza | Daño físico por impacto, aplastamiento o humedad durante el viaje. | Error en despacho (ref. equivocada), faltantes de accesorios o defecto estético de fábrica. |
| Estado Empaque | Generalmente maltratado o con signos de violación (puede ser daño oculto). | Embalaje en perfecto estado. La caja no presenta golpes ni signos de maltrato. |
| Plazo Reporte | Máximo 24 Horas (Sujeto a póliza). | Máximo 5 días hábiles (Verificación). |
| Responsable | Aseguradora / Transportadora. | Cosostenible (Postventa). |
7.6. Regla de preclusión para Conformidad e Integridad
El cliente dispone de cinco (5) días hábiles tras la recepción para verificar el contenido de su pedido.
7.7. Mecanismo de información digital y acceso a la Política (Web y Factura)
Cosostenible dispondrá de un enlace en las facturas de venta con un acceso directo destacado en su sitio web oficial. Estos medios dirigirán al cliente a una "Landing Page" simplificada que resume:
La omisión de lectura de estas advertencias digitales no exime al receptor (Distribuidor o Consumidor Final) de las responsabilidades de inspección y conservación.
(Requisito obligatorio antes del desmontaje y envío de equipos)
El instalador o personal técnico debe realizar y documentar los siguientes puntos. La omisión de este registro o la falta de evidencias (fotos / vídeos) faculta a Cosostenible para rechazar la reclamación por falta de soporte técnico.
8.1. Seguridad y trazabilidad preparatoria
8.2. Pruebas de Aislamiento (Megóhmetro)
8.3. Pruebas de continuidad en inversor
8.4. Medición de tensión y corriente
8.5. Verificación de polaridad
8.6. Inspección visual detallada
8.7. Inspección termográfica
Zonas a inspeccionar
Interpretación de resultados:
Registro
8.8. Revisión interna del inversor
8.9. Sistema de puesta a tierra
8.10. Condiciones ambientales y de instalación
8.11. Registro y documentación de cierre
8.12. Conclusiones y reporte final
8.13. Responsabilidad por diagnóstico de no falla (Falsos positivos):
El "Formulario de Registro y Solicitud" constituye el documento maestro para la validación de la garantía. La radicación de un equipo implica la aceptación de los siguientes costos contingentes:
Si tras el ingreso al laboratorio de Cosostenible y la ejecución de los protocolos de prueba, se certifica que el equipo opera correctamente dentro de sus parámetros de fábrica (Inexistencia de Falla o Falso Positivo), se aplicará el siguiente procedimiento:
Para garantizar la transparencia y el cumplimiento de los términos de ley, Cosostenible establece un flujo de trabajo obligatorio. El incumplimiento de los requisitos de este capítulo facultará a la empresa para inadmitir la solicitud.
9.1. Canal oficial y exclusivo de Radicación
Se establece como único canal oficial de radicación el Módulo de PQR y Garantías, integrado directamente en el sitio web oficial de Cosostenible en el siguiente enlace https://cosostenible.com/servicio-tecnico/#lineas:
9.2. Estructura del Formulario y Campos Obligatorios
El formulario se ramifica lógicamente según la familia del producto para evitar abrumar al usuario, pero exige datos críticos para el diagnóstico:
9.3. Requisitos de Procedibilidad (Documentación Obligatoria)
Para que la solicitud sea admitida a trámite, el cliente debe diligenciar la información requerida en la plataforma y adjuntar los soportes técnicos que permitan el diagnóstico remoto. La ausencia de cualquiera de los siguientes documentos facultará a Cosostenible para inadmitir la solicitud hasta que sea subsanada:
*Nota de Requisito Operativo: Si bien la normativa de consumo flexibiliza la prueba de compra, la identificación del Número de Serie y su vinculación con una fecha cierta (Factura o Registro) es técnicamente indispensable para: (i) Trazabilidad de lotes de seguridad, (ii) Validación de la vigencia exacta y (iii) Descarte de unidades no importadas por Cosostenible.
9.4. Formatos Técnicos Específicos (Excel):
*Nota Legal: El Cliente Final o Distribuidor declaran bajo la gravedad de juramento que los datos técnicos suministrados (voltaje del banco, protecciones, arreglo fotovoltaico) son veraces. Esta información es fundamental para descartar errores de diseño.
9.5. Evidencia multimedia (estándar de prueba): El material visual debe cumplir con la "Guía de Pruebas y Evidencias" de Cosostenible. Se exige:
*Nota: Estándar de Evidencia Técnica. Para efectos del diagnóstico preliminar, el material fotográfico y de video aportado por el solicitante deberá cumplir con los lineamientos expuestos.
Se considerarán pruebas no idóneas y darán lugar al rechazo de la solicitud:
*Nota: La evidencia enviada tendrá valor de declaración juramentada sobre el estado en que se encuentra el equipo al momento de la falla.
9.6. Filtro de Diagnóstico y autorización de retorno (RMA)
Una vez radicada la solicitud, el Departamento Técnico realizará una evaluación remota en un término de tres (3) días hábiles:
9.7. Condiciones Logísticas de la Autorización (Gestión de Fletes):
Una vez aprobada la solicitud y asignado el número de caso (RMA), se activará el protocolo de retorno. El cliente reconoce y acepta las siguientes reglas de responsabilidad operativa y financiera:
9.7.1. Responsabilidad del Flete y Gestión: Es responsabilidad exclusiva del Cliente gestionar, contratar y costear el retorno del equipo al Centro de Servicio Autorizado de Cosostenible. La empresa no emitirá guías de recolección ni coordinará recogidas en sitio.
9.7.2. Principio de gratuidad condicionada (Reembolso): Independientemente de quién gestione el envío inicial (Cliente o Cosostenible), la asunción final del costo depende del diagnóstico técnico:
9.8. Protocolo de Envío y Recepción en Centro de Servicio
ADVERTENCIA DE INGRESO Y GESTIÓN DE RMA (Número de Autorización de Retorno): Para garantizar la trazabilidad y evitar extravíos, todo equipo debe ingresar al Centro de Servicio con su respectivo número de caso (RMA) visible en el rótulo externo.
Manejo de Envíos sin RMA (Excepción Operativa): Entendiendo las dinámicas logísticas del sector, Cosostenible establece el siguiente protocolo para mercancías que arriben sin el número de autorización visible ("Paquetes No Identificados"):
9.8.1. Estándares de Embalaje e identificación (Obligación del Cliente): El cliente actúa como único responsable de garantizar que el equipo soporte las condiciones de transporte:
9.8.2. Diligencia de Recepción (Formato de Pre-Ingreso): Al arribo de la unidad a las instalaciones de Cosostenible, se ejecutará el siguiente control de entrada:
Con el objetivo de garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo, Cosostenible se rige por los siguientes plazos perentorios, computados en días hábiles (lunes a viernes, excluyendo festivos), contados a partir del día siguiente a la radicación o recepción del bien.
10.1. Respuesta Formal a la Reclamación
En cumplimiento del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011, Cosostenible emitirá una respuesta oficial, escrita y motivada dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación completa del Formulario de Garantía.
10.2. Estandarización del Informe Técnico de Diagnóstico
Todo veredicto (aceptación o negación) estará respaldado por un Informe Técnico de Diagnóstico, el cual es el documento oficial de prueba para ambas partes y debe contener:
10.3. Tiempos de Ejecución de la Solución
Una vez admitida la garantía y puesto el bien a disposición física de Cosostenible en su Centro de Servicio, rigen los siguientes plazos para materializar la solución:
*Prórroga: Este plazo podrá extenderse hasta sesenta (60) días hábiles únicamente si Cosostenible suministra al consumidor un bien en préstamo de similares características mientras se efectúa la reparación.
De conformidad con el artículo 18 de la Ley 1480 de 2011, si un producto no es retirado dentro del mes siguiente a la notificación de su reparación o denegación, Cosostenible requerirá formalmente al cliente.
Si transcurridos dos (2) meses adicionales el bien no es retirado, se entenderá legalmente como abandonado. Cosostenible procederá conforme a la reglamentación de bienes mostrencos (Decreto 1413 de 2018), lo que puede implicar la entrega del bien a las autoridades competentes (ICBF).
12.1. Tratamiento de Datos Personales (Habeas Data)
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, Cosostenible informa al titular de los datos que la información suministrada a través del Formulario de Garantía y los canales de PQR será tratada bajo los siguientes términos:
12.2. Integridad de los Derechos del Consumidor
La presente Política de Garantía se otorga sin perjuicio de los demás derechos que le asisten al usuario bajo el Estatuto del Consumidor.
12.3. Vigencia y Actualización
Esta versión de la Política entra en vigor a partir del 18/08/2026 y deroga cualquier comunicación o política anterior. Cosostenible se reserva el derecho de actualizar este documento para ajustarlo a nuevas normativas o mejoras tecnológicas, notificando los cambios a través de sus canales oficiales.
| Elaboro | Revisó | Aprobó |
|---|---|---|
| PARDO ABOGADOS CONSULTORES S.A.S | Paola Campos | Juan Manuel Suarez Gerente |
| Versión | Fecha | Descripción |
|---|---|---|
| 1 | 18/08/2026 | Creación inicial del procedimiento |
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